Autor: Es la persona
natural que crea una obra intelectual donde expresa y materializa sus ideas.
Obra: Es la creación
intelectual original de una persona natural en el campo literario o artístico,
susceptible de ser reproducida o divulgada.
Propiedad Intelectual: Es el
reconocimiento de los derechos que se le conceden a los creadores de obras y
contenidos protegidas por el derecho de autor y conexos, a las creaciones
protegidas por la propiedad industrial y a las variedades vegetales.
El derecho de autor: Normas enfocadas a proteger a los autores y a los titulares de obras, para
controlar el uso o explotación de su obra ; Otorga a los autores reconocimiento
por sus obras y garantiza el control a los creadores y titulares sobre el uso
de sus obras por cualquier medio, sin temor a que se realicen copias no
autorizadas o actos de piratería.
El derecho de autor protege: Todas las obras literarias y artísticas, cualquiera
sea su destinación y el modo o forma en que se exprese. como: - Libros,
folletos y escritos. - Conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de la
misma naturaleza. - Obras musicales y dramáticas. - Coreografías y pantomimas.
- Composiciones musicales con letra o sin ella. - Obras cinematográficas, a las
cuales se asimilan las obras expresadas por procedimiento análogo a la
cinematografía, inclusive los videogramas. - Obras de dibujo, pintura,
arquitectura, escultura, grabado, litografía. - Obras fotográficas a las cuales
se asimila las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía. - Obras de
arte aplicadas, ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras plásticas
relativas a la geografía, a la topografía, a la arquitectura o a las ciencias.
- Programas de computador, bases de datos (siempre que haya originalidad en la
disposición de sus contenidos) y creaciones multimedia (sus contenidos) y, en
fin, toda producción del dominio literario o artístico que pueda reproducirse o
definirse por cualquier forma de impresión o reproducción, por fonografía,
radiotelefonía o cualquier otro medio conocido o por conocer.
El derecho de autor protege las ideas: No. El derecho de autor solo protege las obras
literarias y artísticas que, aun siendo manifestaciones del espíritu, son
expresadas en determinada forma y pueden ser percibidas por los sentidos.
Las características del derecho de autor son: Individualista. El derecho sobre la obra surge del acto
personal de la creación. La obra es parte de la personalidad del autor y
permanece ligada a él a través de su vida. Contempla derechos económicos o patrimoniales (lucro) y morales (como el de paternidad). En Colombia, solo puede ser autor
el individuo y no una institución o una empresa.
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